¿Cómo obtener la nacionalidad española?

Nos ocupamos de todo para que tú no tengas que preocuparte de nada.

Si eres extranjero y deseas establecerte en España, contar con la nacionalidad española puede ofrecerte numerosos beneficios.

Además de poder residir y trabajar en el país sin restricciones, podrás acceder a servicios públicos y programas de ayuda social, así como disfrutar de la posibilidad de viajar a otros países de la Unión Europea con mayor facilidad.

Si te interesa obtener la nacionalidad española, ya sea por motivos laborales, personales o familiares, nuestros expertos en extranjería pueden ayudarte a gestionar todo el proceso de forma eficiente y segura, asegurándote de cumplir con los requisitos y trámites necesarios.

En este servicio encontrarás profesionales especializados en asesoramiento y gestión de expedientes de extranjería, que te acompañarán en todo momento y te ofrecerán el apoyo que necesitas para lograr tu objetivo de obtener la nacionalidad española.

Para adquirir la nacionalidad española es necesario cumplir una serie de requisitos.

  • Haber residido en España durante:
    • 1 año si estás casado con un ciudadano español.
    • 2 años en caso de ser nacional de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o de origen sefardí.
    • 5 años si has obtenido la condición de refugiado.
    • 10 años para el resto.
  • Documentación:
    • General:
      • Solicitud aprobada por resolución.
      • NIE o pasaporte en vigor.
      • Certificado de nacimiento, traducido y legalizado.
      • Certificado de antecedentes penales de tu país de origen, traducido y legalizado
      • Escrito del mandato.
      • Certificado de haber superado una prueba de conocimientos sobre cultura general española. A no ser que hayas cursado la E.S.O. en España o seas refugiado.
      • Justificante de pago de las tasas correspondientes.
    • Casados con españoles:
      • Certificado de matrimonio.
      • Certificado de nacimiento del cónyuge español en cuestión.
      • Certificado de convivencia o empadronamiento conjunto con el cónyuge
    • Descendientes de españoles:
      • Certificado de nacimiento del padre o madre español.
      • Certificado de nacimiento del abuelo o abuela, siempre que al menos uno de ellos sea de ascendiente español, junto a la certificación de nacimiento de tu padre o madre de esos descendientes, independientemente de que estos sean españoles o no.
    •  Refugiado:
      • Certificado de la Oficina de Asilo y Refugio del Ministerio del Interior.
      • Tarjeta de Identidad de extranjeros donde se especifique la condición de refugiado.
      • Si se dispone, el Pasaporte Azul.
    •  Sefardíes:
      • Documentación establecida en el artículo 1.2 de la Ley 12/2015, de 24 de junio.
    •  

Si estás interesado en obtenerla, nosotros te explicamos cómo hacerlo.

¿Por qué tramitar la nacionalidad con nosotros?

Gestionamos tu solicitud a través del Consejo General del Colegio de Gestores Administrativos de España.

Así nos aseguramos de que la documentación es 100% válida antes de enviarla al Ministerio de Justicia.

Somos tu asesoría “online”.

Contamos con la última tecnología para que puedas acceder a tu información desde cualquier lugar y en cualquier momento. Cumplimos estrictamente todos los protocolos de seguridad para garantizar la protección de tus datos.

Además, disponemos de un programa de gestión que te permitirá automatizar los procesos administrativos de tu empresa.

Estamos en Madrid y trabajamos en todo el territorio nacional.

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